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Las solicitudes de reingreso serán
tramitadas ante la Oficina de Admisión y Control de Estudios
del Núcleo donde se aspira reingresar, con (90) días,
por lo menos, antes del inicio del primer período académico
del año en que se espera reiniciar estudios.
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La solicitud de reingreso de los egresados
debe ir acompañada de los siguientes recaudos:
- Constancia certificada de notas.
- Copia fotostática de la cédula
de identidad (ampliada).
- Dos fotografías de frente, tipo
carnet, recientes.
- Copia certificada del acta de graduación.
- Copia fotostática del titulo y
fondo negro.
- Recibo de pago del arancel (Bs. 1.50)
por concepto de estudio y análisis de la documentación
pertinente.
La
autorización de Reingreso para Egresado procederá
cuando el mismo cumpla o satisfaga los requisitos siguientes:
1.
Que el tiempo transcurrido después de su graduación
sea superior a un (1) año.
2. Que el promedio de notas de las materias cursadas y aprobadas
sea igual o mayor a seis(6) puntos.
3. Que la suma de los créditos de las asignaturas repetidas
no sobrepase el veinticinco por ciento (25%) de la carga crediticia
total de la especialidad o carrera previamente cursada.
NOTA: Una vez aprobado
el Reingreso para Egresado, la inscripción de Egresado como
estudiante, será ajustada al pensum vigente para la nueva especialidad
o carrera a cursar.
*Para más información, descargue
las NORMATIVAS (pdf).
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